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Asesoría y consultoría financiera

Código ética

Acerca de nosotros

Principios fundamentales

Primacía del Interés de LOS CLIENTES

 

Los ASESORES FINANCIEROS de VALIOS (desde aquí simplemente los ASESORES FINANCIEROS) siempre deben anteponer los intereses de LOS CLIENTES a los propios. En cada relación con un CLIENTES, los ASESORES FINANCIEROS deberá siempre actuar en el mejor interés de LOS CLIENTES y CLIENTES potenciales y anteponer siempre los intereses de LOS CLIENTES y CLIENTES potenciales a los suyos y los de VALIOS.

 

Principios Clave:

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán siempre negociar de manera justa con todos sus CLIENTES o CLIENTES potenciales.

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán siempre llevar a cabo la prueba de idoneidad y conveniencia según los estándares más altos de la profesión.

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán siempre seguir los más altos estándares de la profesión al proporcionar información, hacer recomendaciones o informar a LOS CLIENTES.

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS no deberán desvelar información confidencial sobre CLIENTES y CLIENTES potenciales y sus negocios salvo que sea requerido por ley.

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS no deberán realizar declaraciones que puedan ser engañosas respecto a los servicios ofrecidos a LOS CLIENTES y CLIENTES potenciales.

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán actuar siempre de manera justa y según los estándares más altos de la profesión al ejecutar órdenes.

Los estándares más altos

 

En todas sus actividades profesionales, los ASESORES FINANCIEROS deberán respetar los más altos estándares de honestidad, integridad, y justicia y llevar a cabo sus obligaciones con todo el debido cuidado y diligencia. El seguimiento de este principio al actuar deberá inspirar confianza y seguridad en LOS CLIENTES y a la vez otorgar buena reputación a la profesión del ASESORES FINANCIEROS en su conjunto.

 

Principios clave:

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán mostrar la máxima integridad al tomar decisiones.

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán aplicar los estándares éticos más altos en su relación con LOS CLIENTES. Deberá descartarse la mínima sospecha de engaño o incorrección de cualquier tipo.

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán prestar mucha atención y cuidado a los detalles en su trabajo. Esto incluye la recopilación meticulosa y el análisis de la información de LOS CLIENTES, una valoración minuciosa de las opciones, así como la presentación significativa de recomendaciones.

Independencia y Objetividad

Los ASESORES FINANCIEROS deberán encargarse de mantener la independencia y objetividad y dar opiniones justas en el desarrollo de sus actividades profesionales.

 

Principios clave:

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán ser capaces de dar opiniones y recomendaciones de modo desapasionado y sin tener en consideración su propia remuneración.

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán ser objetivos y deberán esforzarse para asegurarse de que sus decisiones no están excesivamente influenciadas por sus propios intereses o prejuicios.

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán ser neutros en relación con la recomendación de productos específicos a sus CLIENTES. Deberá divulgarse el alcance total de los productos a elegir. LOS CLIENTES deberán estar seguros de que los productos a elegir ofrecidos satisfacen sus objetivos y necesidades.

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán revelar cualquier hecho o circunstancia que pueda comprometer su capacidad para actuar de manera completamente independiente o que pueda influir en su objetividad.

Competencia profesional

Los ASESORES FINANCIEROS deberán esforzarse en todo momento por mantener y mejorar su competencia profesional, y deberán reconocer los límites de sus conocimientos y habilidades. Asimismo, los ASESORES FINANCIEROS deberán reconocer las circunstancias en las que su conocimiento y competencias no sean suficientes para realizar la tarea en cuestión y buscar el apoyo de otros profesionales.

 

Principios clave:

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán llevar a cabo los pasos específicos para esforzarse de manera continua en el mantenimiento y mejora de sus competencias profesionales.

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán siempre tener cuidado de no ofrecer servicios en los que no son competentes. En dichos casos el servicio deberá ser rechazado o bien otro profesional, con las cualificaciones adecuadas, deberá ser consultado.

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán demostrar sus competencias y su profesionalismo siempre que interactúen con sus CLIENTES.

Cumplimiento de todas las leyes

Los ASESORES FINANCIEROS deberán conocer y cumplir todas las leyes, normas, regulaciones aplicables, y los códigos éticos y estándares de conducta profesional de asociaciones nacionales o regionales, y no deberán violarlas de manera consciente.

 

Principios Clave:

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán cumplir todas las leyes, normas, regulaciones aplicables y este Código Ético en su relación con el CLIENTES.

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán estar al día de todos los reglamentos pertinentes.

 

Base razonable y representación Justa

Principio: Los ASESORES FINANCIEROS deberán presentar a sus CLIENTES y CLIENTES potenciales las recomendaciones de inversión, la distribución de portafolios de inversión y el rendimiento del portafolio, así como cualquier otro asesoramiento, de manera justa, exacta y completa, de un nivel de comparabilidad profesional.

 

Principios Clave:

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán seguir un criterio razonable en sus recomendaciones de inversión, y deberán apoyarse en un análisis meticuloso y laborioso y el conocimiento de los objetivos, las limitaciones y la tolerancia al riesgo de LOS CLIENTES.

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán distinguir claramente los hechos y las opiniones. Las predicciones, así como las opiniones personales de los asesores deberán presentarse como tales de manera clara.

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán divulgar los principios básicos y métodos utilizados para dar recomendaciones y gestionar los portafolios de inversión, y cualquier cambio material de éstos; todos los hechos materiales y factores de riesgo deberán ser divulgados en su totalidad.

 

  • En caso de utilizar material preparado por terceras personas, los ASESORES FINANCIEROS deberán mencionar la fuente.

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán guardar la documentación adecuada para apoyar sus recomendaciones de inversión y otras actividades profesionales.

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS, mientras estén en posesión de información privilegiada relativa a los emisores de instrumentos financieros o a instrumentos financieros, no deberán aprovecharse de, ni comunicar dicha información, hasta que se haga pública.

Prevención y divulgación de Conflictos de intereses

Principio: Los ASESORES FINANCIEROS deberán tomar las medidas necesarias para resolver conflictos de intereses que de manera razonable pueda parecer que perjudican a su independencia y objetividad, y si no divulgar cualquier conflicto aparente.

 

Principios Clave:

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán esforzarse por resolver o minimizar todos los conflictos de intereses que de manera razonable pueda parecer que perjudican a su independencia y objetividad respecto a sus CLIENTES y CLIENTES potenciales y cualquier parte afectada.

 

  • Si no se pueden evitar dichos conflictos de intereses, los ASESORES FINANCIEROS deberán divulgarlo a sus CLIENTES, CLIENTES potenciales y cualquier parte afectada.

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán divulgar a sus CLIENTES y CLIENTES potenciales todos los pagos o beneficios pertinentes recibidos de una fuente diferente de VALORTIS. Los ASESORES FINANCIEROS deberán estar dispuestos a y ser capaces de explicar los fundamentos de los honorarios y otra remuneración relativa a los servicios llevados a cabo en nombre de LOS CLIENTES.

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS no deberán aceptar regalos ni otros beneficios que de manera razonable pueda parecer que afectan a su independencia y objetividad.

 

  • Los ASESORES FINANCIEROS deberán dar prioridad a las transacciones de inversión de LOS CLIENTES frente a las transacciones de cuentas personales o de VALORTIS.